3 claves de la demanda por impago de alquiler

Aunque tradicionalmente España siempre ha sido un país de propietarios, cada vez son más las personas que eligen vivir en régimen de arrendamiento por las ventajas que ofrece el alquiler frente a la compra de una vivienda. Un cambio de tendencia en el sector inmobiliario que también ha provocado el incremento de inquilinos morosos, arrendatarios que no hacen frente al pago de la renta en el tiempo y la forma acordados con el propietario.

Si te encuentras en una situación como esta, en la que tu inquilino no paga la renta, debes saber que puedes presentar una demanda por impago de alquiler desde el primer mes. Sin embargo, en la práctica lo más conveniente es tratar de llegar a un acuerdo amistoso.

Burofax de impago de alquiler

Antes de presentar en el Juzgado una demanda de desahucio por impago del alquiler firmada por abogado y procurador es recomendable enviar un burofax al arrendatario para reclamarle la cantidad adeudada. Se trata de un documento en el que, como propietario del inmueble, específicas el requerimiento de pago. A la hora de enviarlo al inquilino, es muy recomendable contratar el acuso de recibo para asegurarte de que ha recibido la notificación.

El burofax debe contener la siguiente información: fecha de emisión del documento, datos del inquilino y del propietario, información de la vivienda y cantidad adeudada.

Demanda de desahucio por impago del alquiler

Si el burofax no surte efecto, debes presentar una demanda de desahucio por impago del alquiler en el Juzgado con dos objetivos claros: que el arrendatario pague la cantidad adeudada y que abandone el piso. Junto con la demanda debes aportar copia del contrato de arrendamiento.

Aproximadamente un mes después de presentar la demanda el Juzgado emite un documento que recibe el nombre de decreto de admisión, en el que se reflejan las fechas de desahucio y de juicio. Una vez notificada la demanda al inquilino, éste tiene 10 días para oponerse.

Si lo hace, se celebra un juicio rápido y luego el Juez dicta sentencia. Si por el contrario el arrendatario no se opone a la demanda, el Juez directamente da la razón al propietario y dicta decreto de archivo. En la práctica la sentencia y el decreto de archivo son lo mismo. Si todo va bien, se le condena al arrendatario a pagar la deuda hasta el día del desahucio, a ser desahuciado y a pagar las costas del proceso.

¿Qué ocurre si el arrendatario no devuelve las llaves y abandona la vivienda voluntariamente después de la sentencia o el decreto de inquilino? Entonces se realiza el lanzamiento, el acto por el que el Juez quita la posesión de la vivienda al inquilino y se la devuelve al propietario.

Desahucio express

El desahucio express es un procedimiento que permite al propietario de una vivienda reclamar el desalojo y la devolución de la misma. El proceso de desahucio ha existido siempre, pero desde 2018 se agilizaron de forma notable los trámites. En la actualidad es la vía más garantista y ágil para desalojar un inmueble en el plazo de seis meses, tanto por okupación como por impago del alquiler.

Si tu arrendatario no paga la renta, con el desahucio express puedes acortar el plazo de espera para desahuciar y también le da al inquilino la posibilidad de librarse de la deuda a cambio de abandonar de forma voluntaria el inmueble.

Si necesitas más información acerca de la demanda por impago de alquiler, te invitamos a ponerte en contacto con nosotros. Somos un despacho de abogados especializado en desahucios y reclamación de deudas.

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