Si tienes un piso alquilado y el inquilino no te paga el alquiler, hay algunas cosas que debes saber.
Evitar inquilinos morosos
Antes de alquilar tu vivienda y firmar un contrato de arrendamiento, es fundamental que compruebes la identidad del inquilino y su solvencia. Una de las principales medidas previstas por ley es la fianza. Debes solicitar al arrendatario una mensualidad como fianza y, si quieres, también puedes pedirles una garantía adicional equivalente a dos mensualidades.
Existe además el seguro de impago de alquiler. Se trata de una póliza que, en caso de que el inquilino no pague la renta, cubre el impago del alquiler, así como los desperfectos de la vivienda y el desahucio.
Burofax
Si el inquilino no paga el alquiler, antes de presentar la demanda para que abandone la vivienda y pague la cantidad adeudada, debes tratar de llegar a una solución amistosa. Contrata los servicios de un buen abogado especializado en desahucios para que se ocupe de la redacción y el envío de un burofax.
Se trata de un documento en el que como propietario y arrendador del inmueble especificas el requerimiento de pago. Debe contener los siguientes datos: fecha de emisión del documento, datos del inquilino, del propietario y de la vivienda y cantidad adeudada.
Al haber requerido al inquilino mediante burofax, si no paga la cantidad que le reclamas, el siguiente paso es presentar una demanda de desahucio por impago del alquiler.
Demanda de desahucio por impago de alquiler
La demanda de desahucio por impago de alquiler debe ir obligatoriamente firmada por abogado y procurador. Una vez admitida la demanda, el Juzgado dicta un decreto en el que fija la fecha de juicio y de inquilino. Una vez se le notifica la demanda al arrendatario, tiene 10 días hábiles para oponerse a la misma.
Antes de la celebración del juicio, el inquilino puede pagar lo que debe, a través de un depósito en el Juzgado. Es lo que se conoce como enervación. Para resolver el problema a la mayor brevedad posible, como propietario puedes perdonar la deuda parcial o totalmente para que el arrendatario abandone la vivienda en el plazo de tiempo pactado. Ahora bien, la enervación es algo que únicamente se puede hacer una vez mientras el contrato de arrendamiento está en vigor.
Cada caso de desahucio tiene unas características concretas, de modo que el tiempo es variable. Si el inquilino no se opone a la demanda, por lo general se resuelve en un plazo de entre siete y nueve meses.
Desahucio exprés
El desahucio exprés es un procedimiento que permite al propietario de una vivienda reclamar su desalojo. Es cierto que el proceso de desahucio ha existido siempre, pero desde el año 2018 se agilizaron los trámites. La normativa actual permite desahuciar a un inquilino por impago de alquiler en unos pocos meses, aunque el periodo de tiempo depende de las circunstancias de cada caso concreto.
Tal y como su propio nombre indica, el desahucio exprés lo que busca es acortar el plazo de espera del arrendador cuando necesite desahuciar al inquilino por no pagar la renta. También le permite al arrendatario librarse de la deuda a cambio de abandonar el inmueble de manera voluntaria.
Actuaciones ilegales
A pesar de ser el propietario del inmueble y no recibir la renta por parte del inquilino, hay algunas actuaciones que no puedes realizar: cortar los suministros, cambiar la cerradura, proferir amenazas… De lo contrario, podrías enfrentarse a problemas legales.
Si necesitas un buen bufete de abogados especializados en desahucios, te invitamos a ponerte en contacto con nosotros.