La plusvalía municipal es un impuesto local que el propietario de un inmueble tiene que abonar cuando lo vende. Hasta ahora siempre había que pagarlo, pero la sentencia del Alto Tribunal que ayer os adelantábamos cambia las cosas.
Ventas en pérdida
Ya había sentencias que fallaban a favor del contribuyente que registraba perdidas en la venta de un inmueble, pero ahora el Tribunal Constitucional extiende la doctrina a nivel nacional, estimando la nulidad y dejando sin efecto la obligación de pago del impuesto.
Desde Pluslegal Abogados llevábamos tiempo esperando un cambio tan positivo. Hasta ahora se daba por hecho que el contribuyente tenía ganancias patrimoniales a la hora de vender un inmueble. Se estaban tomando por referencia los valores catastrales, dando por hecho que, de forma automática, y por el paso del tiempo, el valor del suelo se estaba incrementando, cuando la realidad es que en los últimos años no se ha revalorizado sino todo lo contrario.
Con el fallo del TC la venta a pérdida por fin se convierte en el indicio necesario para acreditar que el suelo no se ha revalorizado, que el vendedor no ha obtenido ganancias y que, por tanto, la obligación de pago de la plusvalía municipal en estos supuestos no tiene sentido.