Si eres propietario de una vivienda que tienes alquilada y el inquilino no te paga la renta, seguro que tienes muchas dudas acerca del proceso de desahucio. Lo primero y más importante es que contrates los servicios de un buen abogado especializado en esta rama del derecho para que te preste asistencia legal sobre los pasos que debes dar.
En primer lugar, debes tratar de llegar a un acuerdo amistoso con él. Lo más recomendable es que lo hagas con un burofax de impago de alquiler reclamando la deuda. Si el inquilino hace caso omiso al burofax, el siguiente paso consiste en la presentación de una demanda junto con una copia del contrato de arrendamiento.
Una vez notificada la demanda, el inquilino puede tomar dos posturas. Si se opone a ella, se celebra un juicio rápido en el que, si todo va bien, el Juez dicta sentencia. Si no se opone a la demanda, directamente se te da la razón a ti y se expide el decreto de archivo. En la práctica, la sentencia y el decreto de archivo son lo mismo. En ellos, se refleja la fecha de lanzamiento. Al lanzamiento judicial del inquilino acude la Comisión Judicial para valorar el estado en el que se encuentra la vivienda.
¿Cuánto tiempo tarda?
El desahucio por impago de alquiler es un proceso en el que están implicadas tres partes: el Juzgado, el propietario y el inquilino. Teniendo en cuenta que la gran mayoría de Juzgados soportan una carga de trabajo muy grande, los procesos legales se suelen ralentizar.
El abogado del propietario, si tiene formación y experiencia en el desahucio por impago de alquiler, puede lograr excelentes resultados. En lo que respecta al inquilino, cuando recibe la notificación de la demanda, puede solicitar si lo desea la justicia gratuita.
Si pide un defensor público, el proceso se alarga porque generalmente su nombramiento lleva tres o cuatro meses. Si, por el contrario, el inquilino no se opone a la demanda, no hay juicio, y el lanzamiento se produce en poco tiempo.
Cosas que no se pueden hacer a un inquilino moroso
Si finalmente te ves obligado a presentar una demanda de desahucio por impago de alquiler en el Juzgado de la localidad donde se encuentra el inmueble, debes saber que el proceso judicial se puede alargar durante varios meses. Se trata de una situación muy compleja ya que no cobras el alquiler y, además, no puedes disponer de tu vivienda. Sin embargo, debes tomártelo con calma y no realizar ninguna de estas acciones porque la situación podría volverse en tu contra:
- Cambiar la cerradura: seguro que como propietario en más de una ocasión se te ha pasado por la cabeza cambiar la cerradura de la vivienda. Sin embargo, de hacerlo, el arrendatario puede llamar a la policía y demandarte por coacción. En el peor de los casos, podrías terminar con una condena penal, una multa y la obligación de indemnizarle por daños y perjuicios.
- Cortar los suministros: tampoco es una buena idea cortar los suministros para obligar al inquilino a abandonar el piso. Al igual que con el cambio de cerradura, te puede demandar y exigir una indemnización por los daños sufridos.
- No arreglar los desperfectos: como propietario y arrendador tienes la obligación de arreglar los desperfectos de la vivienda, aunque el inquilino no pague la renta. Si el mal estado del inmueble resulta en una enfermedad, o incluso, el fallecimiento del arrendatario, podrías ser imputado por un delito por homicidio imprudente.
- Vender la vivienda: y, por último, tampoco puedes vender el piso sin avisar al inquilino. Independientemente de que pague o no el alquiler, el arrendatario tiene derecho de adquisición preferencial.