En los últimos años ha aumentado de forma notable el número de desahucios por impago del alquiler. Se trata de un proceso legal que se lleva a cabo cuando el inquilino no cumple con el pago de la renta en el tiempo y la forma acordados en el contrato de arrendamiento.
En el momento de alquilar un inmueble, es imprescindible que propietario y arrendatario tengan claras todas las cláusulas del contrato, especialmente las relacionadas con el pago de la renta, para evitar problemas en el futuro. Sin embargo, si el inquilino no cumple con lo estipulado, el arrendador puede reclamar los pagos atrasados y solicitar su desalojo. La infracción más grave es que el arrendatario continúe viviendo en el inmueble sin pagar el alquiler.
Desahucio por impago de alquiler: abogado y procurador
En el proceso de desahucio por impago de alquiler hay dos figuras que son imprescindibles: el abogado y el procurador. Para que la demanda se admita a trámite debe ir firmada obligatoriamente por el abogado, cuyos honorarios son libres.
También es indispensable la participación de un procurador. Al contrario que el abogado, los honorarios del procurador están regulados por el Real Decreto 1373/2003, y dependen de numerosos factores como la cantidad reclamada, la renta mensual que paga el arrendatario…
Procedimiento de desahucio del inquilino por impago de alquiler
Cuando el arrendatario deja de pagar la renta, lo primero es tratar de llegar a un acuerdo amistoso con él. Para ello se envía un burofax, un documento en el que el propietario de la vivienda reclama el pago por parte del inquilino moroso antes de presentar la demanda de desahucio en el Juzgado.
Si hace caso omiso al burofax, comienza el procedimiento judicial. Llegado este punto, el arrendatario no puede pagar la cantidad adeudada y continuar en la vivienda. La enervación es algo que solo se puede hacer una única vez mientras esté en vigor el contrato de arrendamiento.
Aproximadamente un mes después de presentar la demanda, el Juzgado emite el decreto de admisión, en el que se reflejan las fechas de juicio y de desahucio. Una vez notificada la demanda al inquilino, tiene un plazo de 10 días para oponerse a la misma.
Si lo hace, se celebra un juicio en el que el juez dicta sentencia. Si, en cambio, el arrendatario no se opone a la demanda, el juez directamente da la razón al propietario del inmueble mediante decreto de archivo.
En ambos casos, se le condena al inquilino a pagar la deuda hasta el día del desahucio, a abandonar la vivienda y a pagar las costas del proceso.
Si tras la sentencia o el decreto de archivo el inquilino no abandona el inmueble de forma voluntaria, se realiza el lanzamiento.
Abogados especialistas en desahucio
A la hora de llevar a cabo un procedimiento de este tipo, es muy importante encontrar un buen equipo de abogados especialistas en desahucios por impago de alquiler.
Lo primero y más importante es que el letrado tenga experiencia en la rama de derecho del caso. La experiencia es muy importante, y solo un profesional experto va a ser capaz de informar al propietario acerca del problema legal que tiene entre manos.
Un buen abogado debe mantener a su cliente informado acerca de cómo se está llevando a cabo el procedimiento. Por lo tanto, tiene que ser accesible y responder a sus llamadas o mensajes de correo electrónico.
Y, por último, es mucho mejor contratar a un abogado que pertenezca a un despacho multidisciplinar, con letrados expertos en varias materias.
Somos un despacho de abogados de plena confianza y calidad. Si estás interesado en nuestros servicios, te invitamos a ponerte en contacto con nosotros.