Si tienes una vivienda alquilada y tu inquilino no te paga la renta, debes saber que la morosidad en el mercado del alquiler ha aumentado de forma exponencial en los últimos años. Son muchos los propietarios que cada día se ven obligados a iniciar un proceso judicial para recuperar su inmueble y cobrar la cantidad adeudada.
Si es la primera vez que te enfrentas a una situación como esta, seguro que la sensación que tienes es la de estar perdido y desorientado, sin saber qué hacer. Pues bien, lo primero y más importante es ponerte en manos de un abogado de desahucio por impago de alquiler.
Aunque te encuentres desesperado, bajo ningún concepto puedes llevar a cabo medidas coactivas contra el inquilino, como cambiar la cerradura o cortar los suministros, porque podrían volverse en tu contra.
Puedes confiar en nuestro bufete de abogados para proceder con la demanda de desahucio por impago de alquiler contra tu inquilino. A continuación, te explicamos paso a paso el funcionamiento del proceso judicial.
Demanda de desahucio por impago de alquiler
Al igual que en cualquier otro ámbito de la vida, lo primero es intentar llegar a un acuerdo amistoso con el arrendatario para que pague la cantidad adeudada.
Para ello, el abogado envía un burofax reclamando el pago. Se trata de un documento en el que el arrendador de la vivienda especifica el requerimiento de pago por parte del inquilino moroso. La Ley de Enjuiciamiento Civil permite anular el procedimiento judicial si previamente el arrendatario paga la cantidad reclamada.
Al haber enviado un requerimiento de pago mediante burofax, si el inquilino no paga en el plazo y la forma establecidos por el arrendador y propietario de la vivienda, una vez presentada la demanda de desahucio, no puede acogerse a la enervación.
La enervación es algo que únicamente se puede hacer una vez mientras el contrato de arrendamiento está en vigor. Dicho de un modo sencillo, consiste en que, cuando el inquilino recibe la demanda de desahucio por impago de alquiler, si paga la cantidad que se le reclama, puede continuar en el inmueble hasta que finalice el contrato, aunque el arrendador se niegue.
La demanda de desahucio por impago de alquiler se presenta en el Juzgado de la localidad donde se encuentra el inmueble y debe ir obligatoriamente firmada por abogado y procurador. Debe ir acompañada de la copia del contrato de arrendamiento.
Cuando el inquilino recibe la notificación de la demanda, tiene un plazo de 10 días hábiles para oponerse o no a la demanda. Si decide oponerse, se celebra un juicio rápido en el que el Juez dicta sentencia. Si no se opone, no hay juicio y el Juez da la razón al propietario mediante decreto de archivo.
En la práctica, la sentencia y el decreto de archivo son lo mismo. Si todo va bien, se le condena al inquilino a ser desahuciado y a pagar la deuda y las costas del proceso.
Desahucio exprés
El desahucio exprés es un procedimiento que permite al propietario de una vivienda reclamar el desalojo y la devolución de esta. Aunque el proceso de desahucio existe desde hace décadas, en 2018 se agilizaron los trámites de manera significativa. Actualmente, es la vía más ágil y garantista para desalojar un inmueble en el plazo aproximado de seis meses.
Si tu inquilino no paga el alquiler, con el desahucio exprés puedes acortar el tiempo para recuperar tu vivienda. Además, el arrendatario tiene la posibilidad de librarse de la deuda a cambio de abandonar el inmueble de forma voluntaria.