La pandemia del coronavirus ha desembocado en una profunda crisis económica y laboral, razón por la cual el número de inquilinos morosos se ha triplicado en 2020. Arrendatarios que no hacen frente a sus obligaciones, y que se convierten en un quebradero de cabeza para los propietarios. Lo más frecuente es que aquellos arrendadores que se encuentran por primera vez con arrendatarios que no pagan el alquiler desconocen cómo deben actuar. Para iniciar un proceso de desahucio por impago de alquiler lo primero y más importante es ponerse en manos de los mejores abogados.
Una de las primeras dudas de los clientes que llegan hasta nuestro despacho de abogados porque sus inquilinos no les pagan el alquiler es cuánto tarda el desahucio. Es decir, qué tiempo falta hasta que puedan recuperar su vivienda. En líneas generales, unos seis meses, pero en estos momentos el proceso tarda más porque muchos Juzgados están completamente saturados.
¿Cómo funciona el proceso de desahucio por impago de alquiler?
Al igual que en cualquier otro ámbito de la vida, en primer lugar se recomienda hablar con el inquilino una vez superado el plazo de pago de la mensualidad para llegar a un acuerdo amistoso. De lo contrario, es importante ponerse en manos de un abogado especializado en desahucios a la mayor brevedad posible ya que el tiempo corre en contra del propietario. El impago del alquiler es un problema muy grave ya que el propietario del inmueble no puede recuperar su casa y tampoco recibe la renta.
El siguiente paso es el envío de un requerimiento mediante burofax. Partiendo de este punto, comienza el proceso judicial mediante la presentación de la demanda de desahucio por impago de la renta en el Juzgado. La demanda debe ir acompañada del contrato de arrendamiento. ¿Qué se solicita al inquilino? Que pague la cantidad adeudada y que devuelva el inmueble a su propietario.
Una vez presentada la demanda, el Juzgado envía la notificación al inquilino, quien tiene un plazo de 10 días para oponerse. De hacerlo, se celebraría un juicio, aunque no es la postura más común. Si el arrendatario no hace nada, se fija la fecha de lanzamiento. También puede pagar la cantidad adeudada y entregar el piso, o entregar la vivienda pero no pagar la renta. En este último caso, finaliza el desahucio pero continúa el procedimiento de reclamación monetaria.
Lo más importante es mantener la calma durante todo el proceso. Aunque los inquilinos no paguen la renta, los propietarios en ningún caso pueden cortar la luz o el gas, o cambiar la cerradura. Podrían enfrentarse a una denuncia por coacciones.
Consejos para redactar y firmar un contrato de alquiler
Si tienes un piso en propiedad que deseas poner en alquiler, hay una serie de consejos básicos que te recomendamos seguir. Es fundamental que no trates de incluir cláusulas abusivas en el contrato de arrendamiento porque podrían volverse en tu contra. Para su redacción, debes cumplir con lo dispuesto en la Ley de Arrendamientos Urbanos que regula el mercado del alquiler.
Además, para evitar problemas de impago con los inquilinos, es importante que conozcas su solvencia económica y financiera. Puedes solicitar su nómina y contrato laboral para conocer su estabilidad y capacidad de pago. Si no es suficiente, debes saber que existen diferentes registros de morosos en los que puedes consultar si han sido morosos anteriormente.
Y, por último, debes adjuntar al contrato de arrendamiento un inventario detallado de todo lo que hay en la vivienda, e incluso puedes añadir fotografías de cada una de las habitaciones. En el contrato debe quedar reflejado que el inquilino se compromete a devolver la vivienda con todos los elementos que aparecen en el inventario, y a reponerlos en caso de que falte alguno de ellos.