Desde el pasado 7 de abril ha comenzado la campaña de la declaración de la renta, una cita anual que ha despertado este año grandes dudas, en gran parte por tratarse del año de la pandemia y por sacar a la luz situaciones hasta ahora poco frecuentes como los expedientes de regulación temporal de empleo, más conocidos por sus siglas, ERTE. ¿Cómo afecta una situación de ERTE en la declaración?, ¿qué ocurre si se ha recibido un pago erróneo del Sepe?, ¿me saldrá a pagar la declaración? Desde Pluslegal Abogados resolvemos estas y otras dudas sobre la campaña 2020 ¡toma nota!
¿Qué es un ERTE?
Los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) son un procedimiento legal por el que una empresa, ante una situación excepcional, suspende temporalmente uno o varios contratos de trabajo durante un tiempo determinado, prescindiendo durante un periodo concreto de sus empleados y quedando exentos de pagarles. Los ERTE están contemplados en el Artículo 47 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores bajo la nomenclatura ‘Suspensión del contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor’ y en esta se contempla que las personas afectadas por un ERTE continúan vinculadas a la empresa, pero, no cobran, no generan derecho a pagas extra ni vacaciones durante el tiempo que permanecen fuera de su puesto de trabajo.
¿Cómo declarar una situación de ERTE ante hacienda?
Si estas o has estado durante los meses de confinamiento estricto en una situación de ERTE, tienes que saber que los ingresos percibidos por tal hecho son rendimientos de trabajo sujetos a IRPF y, por tanto, no exentos de declarar, por lo que si se cumple con los requisitos exigidos por Hacienda debes realizar la declaración.
Por normal general, todos los trabajadores tienen que presentar la declaración por IRPF cuando sus ingresos anuales superan los 22.000 euros, en caso de ingresos inferiores no existe la obligatoriedad de hacer la declaración salvo, que se cuente con más de un pagador, en este caso los ingresos anuales se reducen a los 14.000 euros siempre que el importe percibido por el segundo pagador o restantes supere los 1.500 euros.
Durante esta campaña de la renta 2020 muchas personas en situación de ERTE tendrán que hacer la declaración de la renta, aunque en años anteriores no les correspondiera, por tener dos pagadores, esto es el empleador y el SEPE y por percibir por parte del segundo, importes superiores a los 1.500 euros.
¿Me puede salir a pagar la declaración por haber estado en un ERTE?
No, no tiene por qué salir a pagar obligatoriamente, sólo en aquellos casos en los que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) no haya aplicado en sus ingresos la retención de IRPF. En estos casos, desde hace meses Hacienda ha recomendado a los trabajadores en ERTE solicitar al propio SEPE una retención del IRPF o comunicar a la empresa un incremento de las retenciones para así evitar sustos en la declaración de la renta.
En el caso de que el SEPE no haya aplicado la retención del IRPF la declaración de la renta podrá salir a pagar ya que el trabajador en ERTE tendrá que pagar los impuestos que no ha pagado durante el cobro de su prestación.
¿Qué hacer si el Sepe te ha pagado erróneamente?
El pago de las prestaciones por ERTE erróneas por parte del SEPE son otro de los motivos por los que la declaración de la renta puede salir a pagar. En este caso, más habitual de lo que algunos piensan, Hacienda actuará en función de si el Servicio Público de Empleo Estatal ha iniciado o completado ya el expediente de reintegro de ese exceso o de si todavía no se ha hecho efectivo.
Si me sale la declaración a pagar ¿qué tengo que hacer?
Desde la Agencia Tributaria son conscientes de que este año serán muchos los trabajadores que tiene que presentar la declaración por motivo de un ERTE y que le tocará pagar, por no aplicar el SEPE el IRPF correspondiente, por tanto, en los últimos días se ha anunciado un cambio normativo por el que se permite a los declarantes fraccionar sin intereses el pago del IRPF durante seis meses, de julio a diciembre. Se trata de una gran novedad pues hasta ahora sólo era posible dividir el pago del IRPF en dos: el 60% inicial al acabar la campaña de renta y el 40% restante a principios de noviembre.
¿Tienes dudas sobre cómo hacer la declaración de la renta habiendo estado en ERTE? En PlusLegal Abogados contamos con letrados especializados en derecho tributario y fiscal que te ayudarán a resolverlas ¡Contáctanos!