¿Hay diferentes tipos de divorcios?

El divorcio es uno de los procesos judiciales más demandados en España. Resulta de especial interés conocer qué tipos de divorcios existen y qué implica cada uno de ellos. Lo primero a tener en cuenta es que, cuando una pareja se divorcia, significa que los cónyuges rompen su vínculo matrimonial, de manera que, si en el futuro quieren volver a casarse en el futuro, pueden hacerlo por la vía civil.

Según la legislación vigente en la actualidad, el único requisito que se exige para que una pareja pueda divorciarse es que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración de la unión matrimonial. Un divorcio conlleva que ambas partes pierdan tanto los derechos como las obligaciones vinculadas con la pensión de viudedad, la prestación de alimentos o el derecho sucesorio, entre otros.

Divorcio amistoso

Siempre que sea posible, es mejor que el divorcio sea amistoso ya que el proceso es mucho más rápido y, además, la carga emocional para ambas partes es significativamente menor. Si no hay hijos menores fruto del matrimonio, los cónyuges pueden disolver su matrimonio ante notario. Es lo que se conoce como divorcio exprés, y también es necesaria la asistencia de un abogado que asesore a la pareja y firme la escritura de divorcio.

Ahora bien, si existen hijos menores no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente y que dependan de los progenitores, es requisito indispensable que el divorcio se lleve a cabo por vía judicial, aunque sea de mutuo acuerdo.

En este caso, ambas partes deben presentar en el Juzgado la demanda de divorcio acompañada del convenio regulador. Este último es un documento que contiene todos los acuerdos alcanzados por los cónyuges en lo que respecta a la atribución del uso de la vivienda familiar, la liquidación del régimen económico del matrimonio si procede, la guardia y custodia de los menores, la pensión compensatoria si la situación económica de uno de los cónyuges empeora con motivo del divorcio

Divorcio contencioso

Cuando los cónyuges no son capaces de llegar a un acuerdo sobre las medidas que van a regir su divorcio o cuando uno de ellos solicita el divorcio sin el consentimiento del otro, se da lo que se conoce como divorcio contencioso. Como no hay consentimiento mutuo, no existe el convenio regulador y es el Juez quien dictamina en qué situación queda cada cónyuge.

Del mismo modo que en el divorcio amistoso, deben haber transcurrido al menos tres meses desde la celebración de la unión matrimonial. Superado este periodo de tiempo, cualquiera de los cónyuges puede presentar en el Juzgado la demanda de divorcio. Debe hacerlo acompañada del certificado de nacimiento de los hijos, el certificado de matrimonio, y todos los documentos que acrediten la situación económica de ambas partes.

Una vez la otra parte responda a la demanda, el Juez cita a ambas partes en una vista para estudiar las pruebas aportadas por cada una de ellas. Finalmente, dicta sentencia judicial y, si alguno de los cónyuges no está de acuerdo, puede recurrir con una apelación a la Audiencia Provincial.

En lo que respecta a la guardia y custodia de los menores, en la gran mayoría de casos puede ser de dos tipos. Por un lado, monoparental, atribuida en exclusiva a uno de los progenitores, de manera que el otro (progenitor no custodio) tiene derecho de visita, estancia y comunicación con sus hijos. Y, por otro lado, compartida, la cual es cada vez más frecuente. En este caso, ambos progenitores pueden convivir con sus hijos por periodos alternos.

Una de las principales diferencias con respecto al divorcio de mutuo acuerdo es que en el contencioso cada cónyuge debe estar asistido por un abogado distinto.

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