¿Qué hacer si te enfrentas a un desahucio?
Si eres propietario de un inmueble que has decidido poner en alquiler, lo más probable es que desconozcas cómo debes proceder en caso de que el inquilino no pague la renta. Sin lugar a duda, se trata de un contratiempo al que ningún propietario quiere enfrentarse, pero debes ser consciente de que puede suceder en el momento menos esperado. Por este motivo es tan importante que conozcas de antemano cuál es la mejor alternativa si te enfrentas a un desahucio como propietario y arrendador de la vivienda.
Dicho de un modo sencillo, un proceso de desahucio es un procedimiento que se lleva a cabo por vía judicial para exigir el desalojo del inmueble por parte del inquilino y el cobro de la cantidad adeudada. Teóricamente, como propietario puedes presentar la demanda de desahucio por impago de alquiler desde el momento en que el arrendatario deje de pagar la renta.
Sin embargo, en la práctica, para evitar que enerve la acción pagando la cantidad adecuada, lo más recomendable es enviar un burofax y esperar un mes antes de presentar la demanda. El burofax es un documento que cuenta con efectos legales, y para su redacción es indispensable que contrates a un abogado especializado en derecho inmobiliario.
Procedimiento
Si en el plazo de un mes desde el envío del burofax el inquilino no paga la cantidad adeudada, es el momento de iniciar el procedimiento por vía judicial. Consta de una serie de fases que por lo general se prolongan durante varios meses:
- Demanda: un abogado especializado es el que debe realizar el escrito de demanda, la cual tiene que ser firmada tanto por el abogado como por un procurador. La demanda se presenta en el tribunal correspondiente, en función de la localización del inmueble.
- Notificación: una vez el inquilino recibe la demanda de desahucio por impago de alquiler, puede tomar tres posturas. En primer lugar, pagar la cantidad adeudada y las costas procesales. En segundo lugar, oponerse en el plazo de 10 días. Y, en tercer lugar, no oponerse ni pagar en el plazo de 10 días. La mayoría de arrendatarios, aunque no tengan razón, suelen oponerse a la demanda para ganar tiempo ya que en este caso debe celebrarse un juicio.
- Juicio: si el inquilino no se opone a la demanda, el juez le comunica el día en el que tendrá que abandonar la vivienda. Es lo que se conoce como fecha de lanzamiento. Si se opone a la demanda, debe celebrarse un juicio para resolver el conflicto. Una vez analizada la documentación y las declaraciones de las partes, el juez dicta sentencia. Si se comprueba el impago por parte del inquilino, éste debe abonar la deuda, desalojar la vivienda y pagar las costas judiciales.
- Lanzamiento: se conoce como lanzamiento a la situación en la que se ejecuta la sentencia judicial a través de la cual se ordena la recuperación del inmueble por parte del propietario. Si el inquilino entrega las llaves antes de la fecha señalada, el lanzamiento se cancela, excepto si el propietario quiere levantar acta sobre el estado en el que se encuentra el inmueble.
Por lo tanto, la mejor alternativa si te enfrentas a un desahucio es contratar a un buen abogado. Lo primero que deberá hacer es redactar y enviar un burofax al inquilino.
Este documento es muy importante porque, al haber requerido al inquilino mediante burofax, si no hace frente al pago de la cantidad que el arrendador le reclama y éste se ve obligado a presentar una demanda de desahucio por impago del alquiler, el arrendatario no puede enervar el desahucio.