Si tienes una vivienda alquilada y el inquilino no te paga la renta, debes ponerte en manos de un buen abogado experto en impagos. Del mismo modo que en cualquier otro ámbito de la vida, lo primero es tratar de llegar a una solución de manera amistosa. En muchos casos, el retraso inicial se soluciona y no es necesario iniciar un proceso judicial para reclamar la deuda y solicitar el desahucio del arrendatario. Ahora bien, hay otros casos en los que la situación no tiene arreglo.
En el mercado del alquiler hay un gran número de “profesionales del impago”. Son personas que se venden como los mejores inquilinos que cualquier propietario desearía tener: trabajan en una buena empresa, no hacen fiestas… Para demostrar su solvencia, una técnica muy habitual es la de pagar varios meses por adelantado. Sin embargo, una vez pagan esta cantidad, nunca más vuelven a pagar un solo euro, y se convierten en arrendatarios morosos.
Aunque la situación te parezca desesperante, es imprescindible que sigas la vía legal y evites acciones que podrían volverse en tu contra, como por ejemplo cambiar la cerradura, cortar los suministros o vender el inmueble. A pesar de que no pague la renta, el inquilino sigue siendo el poseedor del inmueble, de forma que si haces cualquiera de estas cosas podría denunciarte por allanamiento de morada o por coacciones.
Burofax de impago de alquiler
Si no quieres llegar hasta el desahucio y confías en solucionar las cosas con el inquilino, antes de presentar la demanda puedes enviarle un burofax de impago de alquiler con certificado de texto y acuse de recibo asistido por tu abogado.
Se trata de una carta con validez legal y carácter probatorio. El burofax es el último recurso que debes utilizar al tratar de negociar con el inquilino el pago de la renta. Sólo es recomendable optar por esta vía cuando hayas agotado la vía amistosa, con llamadas o mensajes telefónicos.
El burofax debe contener la siguiente información: fecha de emisión del inquilino, datos personales del arrendatario y del propietario, datos de la vivienda y cantidad adeudada.
Aunque no es imprescindible contratar a un abogado para la redacción y el envío del burofax por impago del alquiler, sí es muy recomendable. El letrado te puede ayudar a redactar el texto en base a la normativa vigente y también te va a ofrecer el asesoramiento legal que necesitas.
Desahucio por impago de alquiler
Hay casos en los que la única solución para resolver el problema es presentar una demanda de desahucio del inquilino por impago de alquiler. Junto con la demanda de desahucio, hay que presentar en el Juzgado el contrato de arrendamiento original, el certificado de acuse del burofax y la escritura de propiedad del inmueble.
En el plazo aproximado de un mes, el arrendatario recibirá una notificación. Puede tomar varias posturas:
- Si se queda en el inmueble sin pagar la renta, el Juzgado fijará mediante decreto de archivo la fecha del lanzamiento.
- También tiene la opción de pagar el dinero que debe y continuar en el inmueble. Es lo que se conoce como “enervar la acción de desahucio” pero, al haber ignorado el burofax, no puede acogerse a esta segunda oportunidad.
- Sin lugar a duda, la mejor solución es que pague la cantidad adeudada y entregue la vivienda.
- Si entrega el piso, pero no paga la deuda, finaliza el procedimiento de desahucio y comienza uno nuevo para reclamar la cantidad adeudada.
- El arrendatario puede oponerse a la demanda, y en este caso se celebra un juicio.