Si eres empresario, es probable que en más de una ocasión te hayas preguntado si lo que hagan tus trabajadores puede pasarte factura. Por ejemplo, ¿podrías ser condenado por las acciones de tus trabajadores? Si te interesa la respuesta, sigue leyendo.
Antecedentes: cambio legislativo
Desde el 2015, tras una reforma del código penal impulsada por el Gobierno, es obligatorio que todas las empresas cuenten con un Plan de Prevención de Riesgos Penales. Contando con este documento, se da por hecho que asumen su responsabilidad penal por los actos de sus trabajadores.
Así, el Código Penal español recoge en su artículo 31 bis que una persona jurídica será penalmente responsable “de los delitos cometidos por sus trabajadores, en el ejercicio de actividades sociales y por cuenta y en provecho propio o para la empresa, cuando no se haya ejercido sobre ellos la debida supervisión, vigilancia y control”.
¿Cómo evitarlo?
La respuesta es sencilla: tu empresa necesita un Plan de Prevención de Riesgos Penales. Con la ayuda de profesionales como Pluslegal Abogados detectarás los riesgos penales de tu empresa. Además te ayudarán a revisar y mejorar los procedimientos a través de un plan de acción preventiva. Con la implantación definitiva del plan, tendrás que evaluarlo y revisarlo según los controles establecidos.
Posibles consecuencias
Ya se ha dictado alguna sentencia condenatoria por no contar con el plan de prevención de riesgos penales. Multas económicas, suspensión de actividades, clausuras o incluso cárcel, con algunas de las consecuencias que como empresario puedes sufrir si tus empleados incurren en un delito.
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