Qué saber sobre el desahucio por falta de pago y reclamación de rentas

Ningún propietario quiere enfrentarse a una situación de impago por parte de su inquilino. Sin embargo, lo cierto es que esta es una situación cada vez más frecuente en el mercado del alquiler, y requiere de la toma de medidas urgentes de la mano de los mejores abogados especializados en el desahucio por falta de pago y reclamación de rentas. Cuando los propietarios se encuentran con un inquilino que no cumple con sus obligaciones, la gran mayoría de ellos desconocen cuál es el procedimiento para reclamar la cantidad adeudada. Llegan hasta los despachos de abogados con muchas dudas acerca de qué es lo deben hacer. A continuación, hemos seleccionado algunas de las cuestiones más comunes.

¿Qué es el desahucio de inquilino?

El desahucio es como se denomina a un procedimiento judicial dirigido a que el dueño recupere la vivienda y la cantidad adeudada por las rentas impagadas. Este procedimiento también se puede poner en marcha si el inquilino permanece en el piso después de que haya finalizado el contrato, pero lo más habitual es hacerlo cuando no paga el alquiler.

 

¿Desde cuándo se puede presentar la demanda de desahucio por falta de pago?

Muchos propietarios creen que deben esperar a varios meses de impago por parte de sus inquilinos para tomar medidas judiciales. Pero realmente no es así. Se puede presentar la demanda desde el primer mes, aunque lo más recomendable es hablar primero con el arrendatario para tratar de llegar a una solución amistosa. Ahora bien, si en el plazo de unas semanas no atiende al requerimiento, entonces hay que contactar con un abogado a la mayor brevedad posible. En este caso, el tiempo corre en contra del arrendador porque no recibe las rentas y tampoco puede disponer de su casa.

¿Qué documentación hay que presentar?

La documentación que hay que adjuntar a la demanda es la siguiente: título de la propiedad, contrato de arrendamiento, facturas de suministros impagadas, relación de impagos, y requerimientos.

¿Qué puede hacer el inquilino cuando se le notifique la demanda?

Una vez presentada la demanda, se le notifica al inquilino, quien puede tomar varias posturas. Lo más normal es que no haga nada, y continúe adelante el lanzamiento en la fecha que conste en el Decreto. También puede oponerse, aunque para ello debe presentar una serie de documentación en el Juzgado que justifique por qué no paga las mensualidades. No es la postura más frecuente.

Lo ideal es que pague la cantidad adeudada y entregue la posesión del inmueble, aunque no es algo que suceda habitualmente. En este caso, se paralizaría el procedimiento. Y, por último, el inquilino puede entregar el inmueble, pero no pagar las rentas que debe, de forma que continuaría el procedimiento de reclamación de las rentas.

¿Cuál es el tiempo medio de un desahucio?

Si el inquilino no se opone a la demanda, lo más normal es que la situación se resuelva en un plazo de cuatro o cinco meses.

¿Qué es la condonación a cambio de entregar la vivienda?

La condonación de la deuda puede ser parcial o total. En el caso de aceptarla, el inquilino debe entregar el inmueble en el plazo concedido. De no hacerlo, será expulsado en la fecha acordada para el lanzamiento.

Lo más importante si quieres presentar una demanda de desahucio por falta de pago y reclamación de deudas es que cuentes con los servicios profesionales de los mejores abogados. En nuestro despacho tenemos una dilatada experiencia en este tipo de procedimientos. Te asesoraremos y orientaremos sobre las medidas a tomar. Puedes contactar con nosotros.

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