La pensión alimenticia determina la contribución económica que el progenitor que no disfruta de la guarda y custodia de los hijos en común, tiene que abonar al otro progenitor para satisfacer las necesidades del hijo. Puede ser impuesta por medio de un convenio regulador, si la separación o divorcio es de mutuo acuerdo o de una sentencia firme, si la separación o divorcio es contencioso. Se puede reclamar su impago de dos formas:
Procedimiento civil
Se puede seguir un procedimiento civil de reclamación de cantidad. Con éste, se pide que se ejecute la sentencia que estableció la pensión alimenticia. Este procedimiento sólo tiene consecuencias patrimoniales para el deudor.
Procedimiento penal
Se puede realizar también un procedimiento por vía penal, en la que según el art. 227 del Código Penal se establece que aquél que deje de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos la pensión de alimenticia a favor de sus hijos o del cónyuge, será castigado con pena de prisión o multa.
Consecuencias de no pagar la pensión alimenticia
La pena por no pagar esta pensión podrá ser de prisión de, 3 meses a 1 año, o bien al pago de una multa de 6 a 24 meses. Tiene que estar inscrita en el Registro de Penados y Rebeldes y cada dos cuotas diarias que se dejen de pagar de multa, se convertirán en un día de prisión.
Hay que tener en cuenta que para la existencia de delito, tiene que existir una sentencia o resolución previa que haya establecido la obligación del pago de la pensión, aunque la sentencia no sea firme.
Se puede solicitar una modificación de la pensión alimenticia si las circunstancias generales del pagador cambian sustancialmente. Si el progenitor ha solicitado este cambio, siempre previamente a dejar de pagar la pensión, le servirá de atenuante pero no le eximirá de ser condenado penalmente.
Las consecuencias por vía civil sería la obligación del pago de las pensiones debidas, a lo que habría que añadir los intereses de demora y costas procesales, decretando el embargo de los bienes si el deudor no pagara voluntariamente.
¿Tienes dudas sobre estos temas? En Pluslegal abogados estaremos encantados de solucionarte cualquier duda que tengas con respecto a este tema.