¿Tu situación ha cambiado desde que te divorciaste o separarse? ¿Alguna de las medidas establecidas es inasumible ahora? Un divorcio o separación no es definitiva, sino que puede sufrir cambios con el paso del tiempo.
Tal y como indica la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) en su artículo 775, ante un cambio sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta cuando se efectuó el divorcio o separación, cualquiera de los progenitores o cónyuges pueden solicitar hacer una modificación en las medidas establecidas.
¿Qué se entiende por cambio sustancial?
Como os explicamos, la modificación tiene que venir justificada con un cambio sustancial. Cuando se produjo la separación o divorcio, ambas partes tenían una situación laboral y económica concreta y en base a esa situación se establecieron las medidas oportunas. Después de un tiempo, es normal que en nuestra vida haya habido cambios. Nuevas condiciones laborales, un despido, un cambio de trabajo o una enfermedad, entre otras cosas, son motivos suficientes para solicitar una modificación de tu sentencia de divorcio.
¿Cómo se hace la modificación?
Ya tengas una sentencia o un convenio regulador puedes realizar la modificación de mutuo acuerdo o con la resolución que dictamine un juez. Recuerda que es muy importante que todo esté muy bien justificado para conseguir la modificación que estás buscando.
Pluslegal Abogados
En Pluslegal Abogados somos expertos en derecho matrimonial. Nuestros más de 15 años de experiencia vienen abalados por 9 de cada 10 clientes que consiguen la modificación de sus medidas de divorcio con nuestra ayuda.
Si tus circunstancias han cambiado recuerda que puedes hacer un cambio ¿Necesitas ayuda? ¿Tienes alguna duda? ¡Contáctanos!